Leyes “anti-sectas”: un punto de vista criminológico (III)

mind-control TERCERA PARTE: la irresistible magia del poder punitivo

Por Sergio Sánchez Rodríguez 

 “Mientras peor sea una sociedad,

más Derecho habrá en ella;

en el infierno sólo habrá Derecho”

(Alf Ross, jurista y filósofo del Derecho).

Un caso-tipo: el gurú seductor y su enamorada (1)

Susana es una joven retraída; bonita, pero con problemas de autoestima. Siempre se ha sentido diferente, no muy aceptada, con pocas amigas. Su ensimismamiento no calzaba, siquiera en su temprana adolescencia, con lo que se espera de una muchacha de su edad. Ella sale poco, las fiestas le parecen excesivamente ruidosas y la sexualidad de sus pares se le antoja un espectáculo de torpe avidez. Ella tuvo un par de novios, es cierto. Pero los despidió más bien pronto, decepcionada por su escasa profundidad y sensibilidad. “¿Es que todos son así?” Susana es atractiva, lo que la hace objeto de las atenciones de atrabiliarios galanes que ella se encarga de mantener a distancia. Es que prefiere su soledad; en cierto modo, ella se siente en un estado de crisis perpetua, que vuelve muy aguda una sensación de búsqueda, de estar incompleta, de que algo (maravilloso y especial) le espera en un futuro cercano; y esa sensación le gusta. Susana intuye que es hermosa su melancolía; por eso, sólo le cabe esperar.

Una amiga le ha hablado de un maestro que enseña un milenario tipo de yoga. Hacía mucho tiempo que no veía a esta amiga, una de las pocas que ha tenido, y la nota cambiada, a su juicio para mejor… Ese solo hecho la entusiasma.

Comienza a asistir a algunas reuniones; el olor a incienso la seduce casi tanto como el aspecto energético y sexual del maestro. Nunca ha conocido a un tipo así, tan diferente de sus ex novios y de los pelmazos que quieren llevarla a la cama mientras ella bosteza. Se siente subyugada por la amabilidad, empatía y conocimientos del gurú. Si él la mira, ella se siente expuesta, traspasada; no, no puede tener secretos con un ser así. Y tampoco con sus compañeras, las condiscípulas; como nunca antes, Susana está entre iguales, comprendida, aceptada. Nadie la menosprecia por su timidez, nadie envidia su belleza. En ese maravilloso lugar es feliz, quizá por primera vez; la búsqueda y la espera le han llevado al sitio correcto, reservado para ella desde siempre, tal vez desde una vida anterior…

Yoga. Clase clásica
Yoga. Clase clásica

Al principio, claro, a Susana le pareció curioso que la mayoría de los alumnos fueran mujeres. Consideró evidente que las características físicas y psicológicas del maestro (joven, pero no demasiado y, sobre todo, atractivo) tenían mucho que ver en ello; su “carisma” parecía diseñado para una audiencia femenina. El propio gurú había bromeado una vez con que disponía de un “harem espiritual”; él les había explicado a ellas, semi en serio, cómo sus espíritus femeninos le nutrían con la energía directa de la Tierra, vínculo energético que a la inmensa mayoría de los varones les estaba vedado. “Vosotras sois las aguas vivificantes; yo soy vuestro cauce”, les reveló en una celebración del solsticio de invierno. Sin embargo, pese a las apariencias, hacía mucho tiempo que él no se acostaba con alguna de sus discípulas. Por “mucho tiempo” ha de entenderse un año, plazo que coincidía con la llegada de Susana.

Con el paso de los días y los meses, Ariel (que así se llama el gurú) le dedica a Susana una serie de misteriosas y perturbadoras miradas. ¿Será posible? Ella se pregunta si será tanta su fortuna como para que el maestro haya reparado en su persona, en cuanto mujer. Recién en ese instante vino a evaluar y dimensionar lo obvio: estaba enamorada de ese hombre cuyas sentencias y aforismos tanto le habían servido para ver la vida de forma más luminosa, para sentir que, a pesar de todos los quebrantos y sinsabores, ella era un ser privilegiado.

Dejemos en suspenso este relato y abordemos una cuestión jurídico-penal inexcusable.

balanza justiciaLegislando ante el peligro

El derecho penal moderno (en cuanto conjunto de normas y principios limitadores) es, me parece, un enorme logro en la lucha por proteger al ciudadano del “ius puniendi” o poder punitivo del Estado.

En general, tenemos una idea aproximada de los delitos que existen en la legislación vigente, pues son conductas que el propio sentido común nos dice que debemos evitar, (salvo que queramos comparecer ante el juez del crimen). Entendemos lo más grosero: son delitos el homicidio, la violación, el robo a mano armada. Y también hipótesis más sutiles: es delito montar una fábrica de billetes y monedas en casa, como también lo es huir del país con los dineros que me confiaron para su sabia administración y resguardo. Este cuadro simple, empero, es perturbado hoy por dos tipos de interferencias: la primera viene dada por la enorme complejidad de la vida social contemporánea, que hace que el derecho penal se adelante y castigue por conductas riesgosas, o sea, por lo que aún no ha acontecido: por el peligro que se genera o se aumenta; la segunda, por la irresistible tendencia legiferante en materia penal, que hace que cada nueva ley (o la mayoría, cualquiera sea su materia) venga con un nuevo delito en su articulado, de modo que ya no resulta fácil saber con exactitud qué es delito en cada uno de nuestros países, aparte de lo que el sentido común nos dicta como obvio.

Hay pues, una ampliación del derecho penal, una verdadera “huida” hacia él, pues tal es visto como un medio apropiado de resolución de conflictos y superación de problemas sociales. Resultado histórico algo paradojal, ya que los juristas siempre pensaron en el derecho penal como una salvaguarda ante los atentados más graves contra la vida, la libertad y la propiedad, y no como una forma de legislar sobre lo irrelevante o como un modo privilegiado de gestionar los conflictos sociales. El derecho penal, que siempre llega tarde (y mal), es un medio inapropiado de solucionar problemas sociales, ya que interviene después, por definición. Y sus medios de castigo están al extremo de una larga cadena de marginación y violencia.

Como decía el jurista holandés Louk Hulsman, el sistema penal (que, además de la legislación, incluye a tribunales, policía y cárceles) es un problema social en sí mismo (¿qué va a solucionar?). En realidad, es difícil que una maquinaria coercitiva (y simbólica) tan violenta y asimétrica como el sistema penal (piénsese en cómo son nuestras cárceles y quiénes dan con sus huesos en ellas) sirva para la ardua tarea de la pacificación de la sociedad.

brainwashEn general, los criminólogos y penalistas le tienen poca fe al ius puniendi, pues saben de los peligros que entraña y de su eficacia más bien limitada, por no hablar de sus modestísimos logros. La mayoría de los políticos, medios y electores, en cambio, le siguen guardando una confianza, quizás, digna de mejores causas. Para ellos, el poder punitivo del Estado lo arregla todo, o casi. “Hay que dictar una ley”, es una proclama común que parece inevitable. Y más: “hay que penalizar…”. Desde el feminismo hasta los defensores del patrimonio arqueológico, cada vez que promocionan un proyecto de ley que representa sus inquietudes e intereses, aparecen con un nuevo delito que agregar a la abultada legislación existente. “Hay que penalizar”; no olvidemos del lema. El poder punitivo es mágico: todo lo resuelve y todo lo puede. ¿Puede haber algo mejor que penalizar? Lo cierto es que tanto derechas reaccionarias como izquierdas progresistas parece que quieren, parafraseando a Silo, “penalizar la Tierra”.

inquisicionVivimos, pues, tiempos de “emergencia legislativa”. Hay peligros internos que se identifican y señalan como tales, y, a partir de dicha constatación, se obtiene el “consenso” de que es necesario legislar al respecto. Así todos se quedan tranquilos: es que se ha dictado una ley. Es decir, se echa mano generosamente de un instrumento tan inidóneo como el sistema penal (basta ver su historia), y su esfera de acción se amplía ante nuestros propios ojos. Cuando esto ocurre, podemos hablar ya de una emergencia penal. Esto tiene, lo sabemos, lejanos antecedentes: la cacería de brujas de los siglos XVI y XVII fue, por ejemplo, una colosal emergencia penal, una sangrienta vorágine de poder punitivo ilimitado. Ni hablar del siglo XX y sus cacerías de brujas de nuevo cuño. Pero siempre se trata de lo mismo: 1) una emergencia que es provocada por un insidioso enemigo interno, y 2) la respuesta penal que se propone como la más adecuada.

Sostengo que las leyes anti-sectas deben considerarse enmarcadas en este contexto, al que alguien llamó con acierto “epilepsia legislativa”. Primero se parte anunciando e identificando a un insidioso enemigo o a un grave e inminente peligro. Después, se trata de demostrar (y convencer) que su persecución por vía penal es totalmente necesaria y hasta obligatoria, o sea, que esa respuesta es la mejor posible. Por lo mismo, también sostengo que la criminalización de las sectas constituye un proceso de construcción de un enemigo, el cual, para hacerse más insidioso y digno de alarma pública, es semi-oculto, “actúa en las sombras”, se mantiene “al margen” de la sociedad respetable, negando sus valores culturales, etc. Esta construcción tiene todos los visos de actividad legitimadora de un poder punitivo desbocado, irracional y, peor todavía, superfluo. Es lo que intentaré demostrar. Por de pronto, planteo un caso-tipo, ficticio, aunque en modo alguno irreal. Es un relato desde el que han podido edificarse muchas de las campañas anti-sectas y que abogan por su criminalización.

Volvamos a nuestro caso-tipo y veamos cómo puede ser subsumido en una lógica punitiva.

Heavens-Gate. En tiempo, el rostro de Marshall Applewhite fue la cara de todos los gurúes.
Heavens-Gate. En un tiempo, el rostro de Applewhite fue la cara de todos los gurúes.

Un caso-tipo: el gurú seductor y su enamorada (2)

Ariel le confesó un día a Susana que a él también le pasaba lo mismo. Que ella era mucho más que su alumna o que, incluso, una nueva amiga. Él estaba irremediablemente prendado de la hermosa y melancólica joven, y quería pensar en un futuro, juntos. Fue entonces cuando surgió la idea de vivir con Susana; la casa era grande y hermosa. El ashram abarcaba sólo la ampliación que habían hecho sus padres hace algunos años, cuando aún vivían. Pero sería maravilloso, le dijo, ver a Susana contemplando los atardeceres de verano desde el balcón del segundo piso. Estaba claro: serían pareja, yin y yang, mas no descuidarían el desarrollo de sus espíritus; por el contrario, se potenciarían recíprocamente, combinando sesiones de yoga sexual con momentos de camaradería y animada conversación sobre aquellos temas que tanto les fascinaban. ¿Por qué no, incluso, alguna vez una sesión de viaje a los confines de la psique, ayudados por enteógenos, y rodeados de amigos de la más absoluta confianza?

Susana era mayor de edad, pero aún vivía con sus padres. Cursaba cuarto año de Derecho y no tenía ninguna claridad sobre el tema de su tesis. Un día les anunció a sus progenitores la idea de irse a vivir con Ariel, ese “tipo increíble, papá, mamá, ese tipo al que ustedes también debieran conocer”. No abandonaría sus estudios, en modo alguno; no había que preocuparse por su futuro académico. Pero, lo cierto es que la decisión ya estaba tomada; Susana se iría a vivir al ashram, incluso contra la voluntad de sus padres. Éstos quedaron aterrados cuando su hija les soltó, muy campante, un pequeño discurso sobre la necesidad de superar los lazos de sangre. “Yo los amo, no lo duden, pero en este momento de mi vida priman los lazos del espíritu”.

Bastó que Teresa, la madre (que no es lo mismo que decir “la madre Teresa”), escuchara esa suerte de apología de la ingratitud a que los había sometido su hija, para que decidiera hacer algo al respecto. El culpable de todo era Ariel, mentado hasta el hartazgo. Pero, ¿quién era en realidad? Dicen que es un maestro de yoga, probablemente uno de esos sujetos que, con su escenografía orientalista y sus velas aromáticas, convencen a su público de que ellos pueden mostrarle la Recta Vía del discernimiento espiritual (en un mundo cada más exánime en loca carrera por el bienestar material y toda clase de satisfacciones perecederas). Uno de ésos.

Teresa le visita, entonces, con el fin de reconvenirlo. El diálogo con el gurú sólo consigue exasperarla más, si cabe:

-Señora, yo amo a su hija y ella a mí. ¿Qué tan monstruoso es esto? ¿Es que nunca ha ocurrido antes en la historia de la humanidad?

Tú te has aprovechado de Susana, de su juventud (¡si eres doce años mayor que ella!); le has metido ideas extrañas en la cabeza.

No son tan extrañas. Están hasta en Internet…

-Pero ella se ha deslumbrado por el mensaje o, mejor dicho, por el mensajero.

-Teresa, Susana es mayor de edad, y puede tomar sus propias decisiones. Yo no la estoy obligando a nada que ella no quiera tan ansiosamente como yo. Le propuse algo y ella accedió y su respuesta positiva me ha llenado de gozo. Ni la he coaccionado ni, mucho menos, hipnotizado. Creo que usted me sobreestima. Usted debiera estar persuadiendo a su hija, no a mí. Es un poco raro todo esto, ¿no?

Es que no se trata simplemente de que ella se vaya a vivir con su noviecito. No, se va a amancebar con el líder de una secta…

Moonies. Los adultos también juegan (1982)
Moonies. Los adultos también juegan (1982)

Teresa: esto es un Club de Yoga, no una secta. Es cierto que hay enseñanzas espirituales, y no ignoro que ejerzo influjo en mis estudiantes. Pero, agarrándome de sus palabras, yo siempre recalco que soy el simple mensajero, nada más. No un dios-hombre, ni un iluminado. Sólo un guía, alguien que conoce la escarpada senda y que acompaña a los nuevos viajeros.

-“Nuevas viajeras”, debiera decir mejor, pues usted parece que tiene predilección por las muchachas y, si son bonitas, mejor…

-Si me demonizan por eso, Teresa, ¿se imagina lo que dirían si mi predilección fuese por los muchachos bonitos?

-No se vaya por las ramas ni se victimice. Usted tiene necesidades bien terrenales y no se complica mucho cuando llega la hora de satisfacerlas…

-Pues, cito a Terencio: “soy humano, y nada de lo humano me es ajeno”.

Fue entonces cuando Teresa decidió ir a la televisión a denunciar a la secta de Ariel, el gurú seductor.

 (Continuará).

Sobre Sergio Sánchez Rodríguez

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PRIMERA PARTE: ¿Quién ha dicho secularización?

SEGUNDA PARTE: De la sociología de las religiones a la criminología “mediática”

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Alejandro Agostinelli, editor de este blog, es periodista desde 1982.

Fue redactor de las revistas Conozca Más, MisteriosEnciclopedia Popular Magazine Gente, y de los diarios La prensaPágina/12. Fue uno de los impulsores de la Fundación CAIRP y escribió y asesoró a la revista El Ojo Escéptico. También fue productor de televisión en Canal 9 y América TV. Fue secretario de redacción de las revistas de divulgación científica Descubrir NEO y fue editor de una docena de colecciones de infomagazines para la revista Noticias y otras de Editorial Perfil. Últimamente ha colaborado en las revistas Pensar, publicada por el Center For Inquiry Argentina (CFI / Argentina), El Escéptico y Newsweek.

Fue creador del sitio Dios! (2002-2004) y del blog Magia crítica. Crónicas y meditaciones en la sociedad de las creencias ilimitadas (2009-2010). Es autor de Invasores. Historias reales de extraterrestres en la Argentina (Random House, 2009).

Asesoró a Incoming, el noticiero de Canal Infinito (2009-2011) y escribió la columna Ciencia Bruja en Yahoo! Argentina y Yahoo! español (2010-2012). Asesoró a las productoras SnapTv y Nippur Media en la producción de documentales históricos y científicos para NatGeo (2011-2013).

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